Principios reglamentarios de la FIVS
Principios reglamentarios para mejorar la coherencia y facilitar el comercio del vino adoptado por la FIVS en 2013.
En 2013, los miembros de la FIVS aprobaron por consenso un conjunto de principios de buenas prácticas regulatorias para el vino. Fue un trabajo innovador, que podría tener importantes implicaciones para la facilitación del comercio. Después de considerar estos principios, los gobiernos del World Wine Trade Group (WWTG) aprobaron una serie ligeramente modificada, pero similar, en su «Declaración de Tbilisi» de 2014. En cuestión de meses, los miembros del Comité Científico y Técnico de la FIVS, trabajando de manera independiente y también en colaboración con los participantes de la International Wine Technical Summit (IWTS), comenzó a producir una serie de documentos técnicos relacionados con varios de los principios para ilustrar cómo podría ocurrir una aplicación práctica. Algunos de estos documentos fueron presentados al Wine Regulatory Forum (WRF) del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) y uno de ellos (el de seguridad microbiológica del vino) fue aprobado por los gobiernos del WWTG. Además, para familiarizarse mejor con los conceptos involucrados, los principios se presentaron al Congreso de la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV) en Argentina en 2014, y tres de los documentos de implementación se presentaron al Congreso científico de la OIV en los últimos años (ver enlaces específicos a continuación).
Tenemos el placer de anunciar que ésta es una actividad contínua. La FIVS ya ha acordado un segundo conjunto de principios. Algunos de ellos están en estudio y siendo gradualmente aprobados por varios gobiernos. El Comité Científico-Técnico de la FIVS está desarrollando otros documentos de implementación técnica para su revisión dentro de la IWTS. En consecuencia, anticipamos que esta herramienta se actualizará regularmente e incluirá un corpus cada vez más grande sobre una buena regulación del vino desde un punto de vista técnico.
Principios reglamentarios de la FIVS
Principio n°1: evitar el establecimiento de límites que estimulen análisis costosos e innecesarios.
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Documento de la FIVS sobre la regulación de las adiciones a las prácticas de vinificación en un mercado global en pleno auge
(También publicado aquí como documento de trabajo del Comité del Codex sobre aditivos alimentarios)
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Documento FIVS-WWTG: microbiológicamente, el vino es un producto de consumo de bajo riesgo para la seguridad alimentaria
(También publicado aquí como una presentación oral del Congreso Científico de la OIV [versión PDF])
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Documento de la FIVS sobre certificados de análisis y autenticidad del vino
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Documento de la FIVS sobre los certificados de análisis y seguridad del vino
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Documento de la FIVS sobre metanol en el vino
(También publicado aquí como una presentación oral del Congreso Científico de la OIV [versión PDF])
Principio n° 2: armonizar los límites donde no hay justificación científica para las diferencias nacionales o regionales.
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Proyecto APEC WRF para el acceso a FIVS-Abridge
El APEC WRF comprende funcionarios gubernamentales y partes interesadas de 21 economías en la región de la Cuenca del Pacífico. FIVS-Abridge sirve como depósito para el Compendio de Regulaciones APEC WRF sobre Certificación de Exportación, Seguridad Alimentaria y Etiquetado.
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Proyecto WWTG para el acceso a FIVS-Abridge
FIVS-Abridge también sirve como depósito regulatorio para el World Wine Trade Group (WWTG), un grupo de representantes gubernamentales e industriales de nueve países productores de vino.
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Proyecto IWTS para el acceso a FIVS-Abridge
FIVS-Abridge también sirve como depósito regulatorio para la International Wine Technical Summit (IWTS), un grupo colaborativo de representantes gubernamentales e industriales que comprenden los problemas técnicos que rodean la producción y el comercio del vino, y trabajan con el objetivo de facilitar el comercio.
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FIVS-APACE (compendio de aditivos y auxiliares tecnológicos para la enología)
FIVS-APACE se pone a disposición de funcionarios gubernamentales del APEC y el WWTG, además de otras autoridades que contemplan la revisión de sus regulaciones sobre aditivos alimentarios relacionadas con el vino.
Principio n° 3: tener debidamente en cuenta los acuerdos intergubernamentales y el trabajo realizado por otras autoridades al establecer nuevos límites reglamentarios.
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Disposición de FIVS-Abridge a 23 gobiernos del APEC y el WWTG
Ver más arriba para obtener información sobre FIVS-Abridge
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Proyecto IWTS para acceder a FIVS-Abridge
FIVS-Abridge también sirve como depósito regulatorio para la International Wine Technical Summit (IWTS), un grupo colaborativo de representantes gubernamentales y de la industria que comprenden los problemas técnicos que rodean la producción y el comercio del vino, y trabajan con el objetivo de facilitar el comercio.
Principio n° 4: adoptar un sistema común de unidades científicas para expresar límites regulatorios.
Principio n° 5: expresar límites reglamentarios sobre una base «por unidad de volumen de vino» en vez de «por unidad de volumen de alcohol» en el vino.
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Documento de la FIVS sobre el metanol en el vino
(También publicado aquí como una presentación oral del Congreso Científico de la OIV [versión PDF])
Principio n° 6: adoptar una forma común de expresar los resultados cuando esto se haga en relación con un solo componente del vino (por ejemplo, para la acidez total expresada en términos de un ácido específico).
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Documento de la FIVS sobre la armonización de la expresión de los resultados de medición en el análisis del vino: prueba de acidez total o titulable (TA) del vino
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Documento de la FIVS sobre la armonización de la expresión de los resultados de medición en el análisis del vino: mejores prácticas para analizar e informar el azúcar en el vino
(También publicado aquí como una presentación oral del Congreso Científico de la OIV [versión PDF])
Principio # 7: considerar el establecimiento de valores analíticos «de minimis» para sustancias o clases de sustancias en el vino, valores por debajo de los cuales se considerarán a todos los efectos no estar presentes en el vino.
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El gobierno de Nueva Zelanda introduce en el Codex Alimentarius la discusión sobre el enfoque del «Umbral de preocupación toxicológica» (TTC)
Principio n° 8: permitir arreglos de transición adecuados cuando los límites se ajustan, siempre que las consideraciones de salud pública lo permitan, y eximir al vino de la obligación de ser etiquetado con una fecha de caducidad.
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Como requisito de la OMC, los miembros de la FIVS recomiendan encarecidamente arreglos de transición adecuados
Principio n° 9: los análisis del vino para fines de cumplimiento deberían llevarse a cabo por laboratorios debidamente acreditados (o supervisados por analistas certificados) que se desempeñen de manera aceptable para los métodos de ensayo específicos utilizados.
Principio n° 10: los métodos analíticos utilizados para fines de cumplimiento del vino deberían ser validados y/o tener un nivel adecuado de rendimiento demostrable para el vino.
Principio n° 11: para los análisis de autenticidad del vino, la base de datos de muestras auténticas con las que se deberían comparar las muestras de prueba debería ser lo suficientemente completa para evitar la categorización errónea de las muestras legítimas como fraudulentas.
Principio n° 12: las pruebas de laboratorio para fines de cumplimiento deberían suministrar sus resultados analíticos con información sobre la incertidumbre de medición y las autoridades competentes deberían tener esto en cuenta al interpretar los datos analíticos.
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Documento de la FIVS sobre los Certificados de Análisis y Seguridad del Vino
(Consulta la sección «5. Cuando los resultados de laboratorio no están de acuerdo»)